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Internet de servicio público y TV pública “a la chilena”

En las últimas semanas se han sucedido en Chile dos anuncios relevantes para el debate sobre la convergencia tecno-mediática.

A principios de julio ha sido promulgada la ley 21.678, que “establece el acceso a Internet como servicio público de telecomunicaciones”, lo que en la práctica es un (nuevo) parche a la Ley de Telecomunicaciones de 1982, que le otorga a Internet el estatus de servicio básico, dándole la misma condición que ya tenía previamente el acceso a los servicios de  telefonía, de manera similar a otros recursos básicos como el agua y la electricidad. 

Esta definición, entre otras cosas, ayuda a resolver el abandono de las llamadas “zonas rojas”, barrios o sectores de al menos 30 comunas donde las empresas han evitado invertir en infraestructura de conectividad por riesgos como el robo de cables. También abre la posibilidad para que comunidades y personas  socioeconómicamente vulnerables puedan optar a subsidios para acceder a este servicio y no quedar excluidos de esta tecnología, a la vez que asigna responsabilidades a las empresas respecto de la calidad de los servicios y su rol en contexto de catástrofe. 

Si bien en el ámbito jurídico conceder el estatus de servicio público a un determinado sector otorga al Estado un alto poder de intervención en él, lo que subyace en esta ley es más bien una idea de internet como servicio universal; es decir, el rol del estado respecto de otorgar el servicio se limita a asegurar el derecho prestacional de acceso a internet por medio de mayores exigencias y supervisión a los operadores.

Por eso, si alguien esperaba que la idea de acceso a internet como servicio público abriera una ventanita para un operador estatal de telecomunicaciones, una Internet comunitaria o apuntar hacia una desconcentración en este sector de la industria: aquí no era.

En este punto la pregunta es: ¿por qué hemos esperado hasta 2024 para establecer el acceso a Internet como servicio básico? Se puede establecer una hipótesis, pero la dejamos para otra editorial.

La ley 21.678 tiene otros aspectos que mejoran la Ley de Telecomunicaciones, pero que no necesariamente están conectados con la idea de Internet como servicio básico, como la posibilidad de que se puedan desarrollar cooperativas de telecomunicaciones, pero solo como un servicio limitado para una comunidad que se preste el servicio de Internet a sí misma. 

Es de esperar, entonces, que nadie ose llamarle a esto “Internet comunitaria”, a menos que el reglamento pendiente en este punto acoja la posibilidad de este modelo específico de gestión y de desarrollo del sector de telecomunicaciones, diferenciado del modelo comercial imperante, tal como ocurre en países como México, Brasil  o Canadá.

También es loable que la Subtel quede mandatada para desarrollar un Plan Nacional Digital con base en ciertos principios como neutralidad tecnológica, convergencia y transparencia, incluida la información sobre asignación del espectro radioeléctrico (en el contexto del debate de la ley de TV Digital no fue posible acceder a esta información).  Queda pendiente aquí saber la diversidad de agentes que serán convocados a redactar este plan y, hasta qué punto, esto lo debe hacer un organismo gubernamental o debiese depender de un organismo autónomo. O si antes se debe abordar este elefante en la habitación.

Por último, es curioso que el nuevo texto aumentó las penas ante las intercepciones de telecomunicaciones, pero dejó intacto el artículo sobre penas de cárcel a la radiodifusión sin licencia —contrario al derecho internacional, según consta en distintos pronunciamientos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos relativos a  Chile—, a pesar de que el año pasado ya se había conseguido un acuerdo parlamentario al respecto y esta era una buena instancia para hacerlo efectivo.

A mediados de julio el gobierno también anunció nuevas indicaciones para mejorar la ley de TVN, una normativa que data de 1992 y que ha experimentado varios cambios a lo largo de su existencia, siendo el último de ellos la ley de 2018, por medio de la cual se crearon las condiciones para desarrollar el canal cultural anunciado por la ex presidenta Michelle Bachelet en 2015 y donde se asignaron dineros para apoyar el tránsito de la TV pública a la digitalización, en lo que se denominó “la capitalización de TVN”.

La prueba de que esa acotada inyección de recursos públicos no sirvió en el largo plazo es que 6 años después se está discutiendo una nueva reforma legal, con un foco importante —otra vez— en el financiamiento del canal, partiendo de un documento que en marzo de 2022 ingresó el gobierno del ex presidente Sebastián Piñera.

El anuncio aborda varios elementos: en primer lugar se habla de dejar más especificada en la ley la misión pública del canal, lo cual es muy necesario, para que el contenido de la misión trascienda a cada directorio.

Quizás aquí convenga volver al concepto de “rol diferenciador” que formó parte del debate del proyecto de ley que ingresó la ex mandataria en 2008. También propone aumentar los representantes del directorio y otorgar voto al representante de los trabajadores del canal.

Pero por lo que se sabe hasta ahora, no cuestiona ni modifica el actual sistema de designación del directorio, el cual se encuentra cuoteado políticamente —antes que centrado en las competencias y conocimientos sobre la industria televisiva de sus integrantes— y fuertemente anclado en el poder de decisión del Senado y el/la presidente de la República.

Habla de la creación de una radio pública. La letra chica: solo en Arica, Magallanes y la Región Metropolitana, quedando pendiente la pregunta sobre la disponibilidad de frecuencias para ello, por qué solo en esas regiones y por qué no reformular los centros de producción regionales ya existentes en base a este nuevo soporte: ¿la TV pública regional seguirá siendo una deuda pendiente?

Tras más de 30 años, se habla por primera vez de un financiamiento público estable para la televisión pública. La letra chica: solo para el canal cultural y la radio; la señal principal y el canal de noticias 24H seguirán siendo financiados con publicidad (¡las noticias, precisamente!). Muy contraintuitiva esta decisión.

Seguimos entonces con una TVN Frankenstein que se autoproclama pública, está compuesta con unos retazos de piel que efectivamente responden a la definición de TV pública, pero con ojos y boca de canal comercial.

La pregunta que cabe hacerse después de estos anuncios es si las transformaciones legales en el ámbito de la convergencia mediática solo pueden avanzar en Chile por medio del travestismo de conceptos, pues pareciera que nunca estamos preparados para conversar sobre el sentido profundo de lo público, ni sobre sus diferencias con lo básico o lo universal, ni sobre sus puntos en común con lo comunitario.

Por Chiara Sáez, julio 2024.

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