Infancias y plataformas: enfoques y supuestos sobre el debate en Chile

El debate sobre plataformas y niñeces en Chile ha salido del espacio académico y está generando distintos posicionamientos en el debate político. Hace unas semanas el gobierno realizó el lanzamiento del Plan Nacional de Entornos Digitales Seguros, para avanzar en la protección de niños, niñas y adolescentes frente a los riesgos asociados al uso de plataformas digitales, una de cuyas medidas es el establecimiento de un sistema de verificación etario, de modo similar a otros países.

En este contexto se planteó la posibilidad del uso de la clave única como vía de acceso a las plataformas digitales. En Chile, la clave única es una identidad digital individual e intransferible para los mayores de 14 años que conecta diversos datos sensibles de carácter personal, lo cual generó diversos cuestionamientos sobre la proporcionalidad de la medida.

Antes de este anuncio, durante los primeros meses de 2026, se aprobó en el Parlamento la Ley 21.801 que prohíbe el uso de dispositivos de comunicación personal en todos los niveles educativos (parvularia, básica y media) durante la jornada escolar, salvo contadas excepciones. Entró en vigor en marzo de 2026 y exige que los establecimientos educacionales hayan actualizado para ello sus reglamentos internos antes del 30 de junio de 2026. Medidas en esta línea también se han estado implementando en otros países.

Por su parte, la investigación académica sobre niñez, adolescencia y tecnologías digitales a nivel internacional muestra un tránsito en el tiempo desde perspectivas dominadas por el pánico moral -ansiedad colectiva frecuente en la historia del estudio sobre NNA, medios y tecnologías- hacia enfoques más matizados, orientados a equilibrar riesgos y oportunidades.

Porque la evidencia señala que los riesgos digitales no afectan a todos los grupos por igual: niñas, niños y adolescentes, expuestos a vulnerabilidades socioeconómicas, familiares, educacionales o de género presentan mayores probabilidades de enfrentar riesgos también en entornos digitales. Por tanto, lo que se requiere son enfoques integrales que consideren la menor capacidad de NNA para identificar y evaluar críticamente el funcionamiento algorítmico, reforzando al mismo tiempo la necesidad de avanzar hacia enfoques de seguridad por diseño (safety by design) y mayor transparencia respecto del funcionamiento de los algoritmos de las plataformas.

Al respecto ya existen precedentes en el ámbito judicial. La responsabilidad de las plataformas ha quedado documentada en Estados Unidos donde, en 2023, 41 estados y el Distrito de Columbia presentaron una demanda contra Meta, la empresa matriz de Facebook e Instagram, en la que acusaban a la empresa de promover explícitamente funciones adictivas que dañan la salud mental de los jóvenes, violando una serie de leyes estatales de protección al consumidor, incluida una ley de privacidad infantil que prohíbe a las empresas recopilar datos personales de niños y niñas menores de 13 años sin el consentimiento de sus padres.

En marzo de 2026, dos jurados de California y Nuevo México dictaminaron que Alphabet (dueño de Google y Youtube) y Meta eran responsables de provocar intencionalmente daño a niños, niñas y adolescentes que usaban sus plataformas de redes sociales.

En el transcurso de los juicios se presentaron documentos que revelaron que las empresas de tecnología eran muy conscientes de las propiedades adictivas de sus redes sociales y que explotaron esas propiedades para incrementar sus ganancias. Mientras, el jurado de Los Ángeles ordenó a Meta y Alphabet (YouTube) el pago de US$6 millones (US$3 millones por daños compensatorios y US$3 millones por daños punitivos) a una joven de 20 años, el jurado en el estado de Nuevo México dictaminó que la empresa Meta deberá pagar 375 millones de dólares en multas civiles por causar daños de forma deliberada a menores y ocultar la explotación sexual infantil en sus redes sociales.

Mientras la evidencia científica pone el foco en la forma en que los aspectos de la estructura social influencian la relación entre infancia y plataformas; y los tribunales de justicia en Estados Unidos están consiguiendo juzgar las prácticas abusivas de las plataformas que forman parte consustancial de su modelo de negocios, la perspectiva dominante a nivel de políticas públicas que estamos viendo en Chile es el predominio del enfoque sobre los riesgos, concentrada en asignar más responsabilidades a familias e instituciones educativas que en las obligaciones de las plataformas.

Actualmente, salvo en el caso de Google, ninguna de las grandes plataformas digitales cuenta con representante legal en el país y esta es una condición básica para poder incorporar a las plataformas en esta discusión como agentes incumbentes de la misma. Está en manos del gobierno trabajar para conseguir aquello o asumir una condición subordinada del país en el debate.

Por Chiara Sáez Baeza, julio de 2026.

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